Imagen del cerro Minakalwa tomada de Google Earth
Fuente: Cuenta de X de @Corpocesar 

En este punto vamos a mencionar algunas reflexiones finales sobre lo escrito en los artículos anteriores y recordar la importancia del cerro Minakalwa y los servicios ecosistémicos que este bosque urbano brinda a Valledupar.

Cabe resaltar que con estas reflexiones finales no culmina la serie de publicaciones sobre el cerro Minakalwa, sino que abrirá paso a las otras publicaciones que vendrán en donde se mostraran más fotografías del cerro, se publicara un listado de especies de flora y fauna, así como también de las acciones que se han desarrollado (y que se desarrollaran) en defensa de este relicto de bosque seco tropical.

Reflexiones finales

  • Al cerro Minakalwa hay que verlo en toda su complejidad como un relicto, un remanente, de bosque seco tropical. Es un ecosistema montañoso muy frágil, no solo por la pobreza de su suelo sino también por su ubicación urbana. Dada la situación crítica del bosque seco, catalogado como en peligro de extinción, la conservación de este bosque urbano reviste de especial importancia.
  • Cambiar ese escenario natural de gran significado ecosistémico y singular belleza por una urbanización, una agrupación de casas, es un ecocidio y un monumental error. Afecta el bienestar de los actuales habitantes de Valledupar y la calidad de vida de las generaciones futuras.
  • Valledupar ha sido declarada “ciudad verde”, por los Premios Latinoamérica Verde, mal puede ahora darse a conocer por la destrucción de uno de sus dos únicos bosques urbanos, con el mezquino fin de satisfacer intereses comerciales particulares, cuando lo que caracteriza a una ciudad sostenible es la presencia masiva de espacios públicos verdes.
  • La región Caribe será, según el IDEAM, una de las más afectadas por el cambio climático, y, según esa respetable institución, los departamentos del Cesar y La Guajira sufrirán los mayores impactos. Una de las medidas más recomendables para la mitigación y adaptación al cambio climático es incrementar la cobertura boscosa en las zonas rurales y urbanas. ¿En estas circunstancias tan difíciles, a quién se le puede ocurrir promover la construcción de viviendas en el cerro Minakalwa, uno de los dos únicos bosques urbanos con que cuenta la ciudad?
  • Afirmar, como lo hizo Corpocesar en su informe técnico de la visita al predio de la “manzana F”, emitido el 18 de enero de 2021, que allí “no se encontró ningún impacto ambiental significativo”, y que lo que había era “un rastrojo”, dicho de manera peyorativa para dar a entender su insignificancia ecológica, es una enorme equivocación. Corpocesar parece ignorar que ese “rastrojo” es la expresión de la sucesión ecológica natural que ocurre dentro del ecosistema del cerro Minakalwa. 
La autoridad ambiental, con dicho pronunciamiento técnico, ha certificado la supuesta irrelevancia del Cerro, ha renunciado a su deber misional de proteger el ambiente y los recursos naturales y ha dado su visto bueno para que el interés privado destruya el Cerro y, con él, la sostenibilidad ambiental y el bienestar de la ciudad.
  • Corpocesar, sin apoyarse en rigurosos estudios ambientales, concluyó que no se afectó el medio biótico y/o abiótico con las actividades de adecuación del terreno, a pesar de la evidente tala de árboles, la remoción de capa vegetal (flora) y la excavación y retiro del suelo, ignorando las características, funcionalidad e importancia del bosque seco tropical. Una conducta extraña en una autoridad ambiental que debe proteger el recurso natural por encima de cualquier otra norma y que está obligada a cumplir con la legislación ambiental y la constitución nacional. Una posición inaceptable que muestra parcialidad y connivencia con los intereses de la firma constructora y de la propietaria del predio.
Si Corpocesar, en cambio, velara por la protección del medioambiente, debería exigirle a las autoridades respectivas cumplir, entre otros, con lo que ordena el artículo 79 de la constitución nacional, cuando dice: “Todas las personas tienen derecho a un medio ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarla. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.”
  • La protección ambiental del cerro Minakalwa no debe depender del cumplimiento o no de la legislación urbanística de Valledupar por parte de los propietarios de la “manzana F”, ni de si el plan de ordenamiento territorial -POT – permite o no su urbanización porque no estamos ante la construcción de viviendas en un predio cualquiera de la ciudad. Se trata de un área de especial importancia ecológica: un cerro con un ecosistema estratégico de bosque seco tropical en vías de extinción. Se trata de la supervivencia de un bosque urbano que es también un referente cultural en la vida de los vallenatos. Reducir la protección ambiental del cerro Minakalwa al cumplimiento de la normativa urbanística es un disparate, es legitimar un ecocidio. Es como si mañana un contratista propusiera desecar el río Guatapurí para hacer una avenida circunvalar porque esta agiliza el tráfico, cumple con las normas del ministerio de transporte y fue incluida en un nuevo POT de la ciudad. 
En casos semejantes, no es el cumplimiento de las normas urbanísticas lo relevante sino acatar lo que la constitución nacional, norma de normas, ordena que debe hacerse para proteger los recursos naturales y la atención que deben prestar todos los propietarios a la función ecológica de la propiedad.

Foro Ambiental del Cesar
Valledupar, marzo de 2024